17 Octubre 2017
Dos nuevas resoluciones del Ministerio de Defensa reiteran que el amianto se encontraba presente tanto en los buques como en las propias instalaciones de la Armada, sin que por parte de la Administración militar se adoptara medida alguna de seguridad.
La primera de ellas, determina una indemnización económica de 135.000€, reconocida como daño moral a los herederos de un Capitán de Navío que ingresó en el Cuerpo General de la Armada en 1.950 hasta que pasó a retiro por edad en 1996. Eran tareas propias de su categoría la supervisión de cuantas reparaciones se hacían en los buques en los que estuvo destinado. Como consecuencia de tal exposición, se le diagnosticó un adenocarcinoma pulmonar en el año 1998 sin que el tratamiento médico pudiera evitar su fallecimiento unos meses después. A la viuda del fallecido se le había reconocido únicamente la pensión ordinaria de clases pasivas por desconocer entonces la beneficiaria el origen de la enfermedad profesional y su conexión con el trabajo que su esposo había desempeñado.
La segunda resolución, reconoce una indemnización de 130.000€ para los herederos de un Alférez de la Armada que ingresó en el Cuerpo General de la Armada en 1.954 hasta que pasó a situación de reserva en el año 1.991. Durante su trayectoria profesional, desempeñó siempre su trabajo como especialista mecánico a bordo de distintos buques y embarcaciones. Como consecuencia de tal exposición al amianto, le fue diagnosticado un mesotelioma pleural maligno sarcomatoide en febrero de 2.015 falleciendo en abril del mismo año.
Tanto el reconocimiento del fallecimiento en acto de servicio como el expediente de responsabilidad patrimonial, una vez más, han sido tramitados por el despacho Oria, Pajares & Asociados Abogados, especialistas en este tipo de reclamaciones, permitiéndoles a las viuda percibir una pensión mayor y obtener una justa indemnización para los herederos.
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