30 Septiembre 2026
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dado la razón a la familia de un antiguo empleado y ha condenado a Sidenor y Cofivacasa a abonar 154.733 euros a la viuda y a las hijas de un trabajador fallecido por cáncer de pulmón relacionado con la exposición al amianto.
Según ha informado en una nota la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi, Asviamie, el TSJPV ha dejado sin efecto la resolución del Juzgado de lo Social n.º 5 de San Sebastián, dictada el 21 de noviembre de 2025, y estima ahora íntegramente la demanda de daños. De este modo, impone a las empresas sucesoras Cofivacasa y Sidenor Aceros el pago solidario de 154.733,24 euros, más los intereses legales, a favor de la viuda e hijas de Mateo G.C., fallecido en febrero de 2023 por un carcinoma pulmonar derivado del amianto y otros agentes tóxicos inhalados en Pedro Orbegozo/Acenor de Hernani.
El trabajador desarrolló su actividad entre 1965 y 1992 en P. Orbegozo/Acenor, inicialmente en la Forja y posteriormente en el Tren Bloming y en los Hornos Pitt, donde se recalentaban los lingotes para su laminación y se reparaban las celdas de los hornos, recubiertas con materiales de amianto.
“Trabajó sin información del riesgo cancerígeno del amianto y otras sustancias presentes, sin que la empresa, les proporcionara una protección respiratoria adecuada, ni adoptase medidas de prevención que la legislación exigía, entre ellas, prohibir fumar en los espacios donde se manipulaba el amianto o lavar la ropa de trabajo, evitando la dispersión de las fibras”, ha denunciado la asociación.
Mateo G.C., que fue fumador hasta los 57 años, permanecía en control médico respiratorio en Osakidetza desde 2016, tras detectarse placas pleurales asociadas al amianto, pero “los médicos no lo comunicaron a la Inspección Sanitaria, ni a Osalan, como les requiere el Real Decreto 1299/2006, evitando su registro en el Fichero de trabajadores expuestos, ayudando a ocultar el origen profesional de la enfermedad”.
El 28 de diciembre de 2022 se le diagnosticó un carcinoma pulmonar poco diferenciado, compatible con metástasis de carcinoma neuroendocrino de alto grado, de probable origen pulmonar o tiroideo. Tras su muerte y su inclusión en el Fichero de Osalan como trabajador expuesto al amianto, en junio de 2023 el INSS reconoció a la viuda las prestaciones derivadas de enfermedad profesional.
El TSJPV, al resolver el recurso, entiende que “la acreditada y prolongada exposición al amianto, sin medidas preventivas, el seguimiento médico tras el diagnostico de Placas pleurales calcificadas y el reconocimiento por el INSS, de las prestaciones de enfermedad profesional, son datos suficientemente concluyentes, para apreciar la causalidad”.
Del mismo modo, el tribunal descarta que la condición de exfumador del afectado pueda alterar el importe fijado, al considerar que “tenga suficiente incidencia causal como para modificar la indemnización”.
Fuente: www.democrata.es
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