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Fondo de Compensación del Amianto | Dudas Frecuentes

23 Marzo 2023

El fondo de compensación de amianto ha sido aprobado por el congreso, gracias a la presión de las asociaciones de amianto y otras entidades colaboradoras, con el objetivo de evitar que todas las personas que hayan muerto, o estén padeciendo alguna patología relacionada con la exposición al amianto.

Te explicamos todas las dudas al respecto en este artículo:

¿Qué es el fondo de compensación de amianto?

El Fondo de Compensación para las Víctimas de Amianto, es un capital que está a disposición de las personas que hayan sido afectadas por una relacionada por el amianto, de modo que sirve como método de compensación por los daños y prejuicios resultados producidos por la exposición a las fibras de amianto.

Esto se ha tenido que elaborar, porque compañías como la empresa Uralita o Navantia, están siendo disueltas o fusionadas con otras, siendo cada vez más complicado denunciarlas, por no contar, con el esfuerzo económico y de tiempo que requiere.

Dicha legislación está establecida por la Ley 21/2022, de 19 de Octubre, de creación de un fondo de compensación para las víctimas de amianto.

¿Quiénes son las personas beneficiarias del fondo de compensación?

  • Las personas que hayan obtenido un reconocimiento o documento que acredite que posee una enfermedad por el amianto. Pueden ser tanto por enfermedad profesional, como por razones domésticas o ambiental.
  • Personas que hayan fallecido por una enfermedad vinculada por la exposición de amianto.

Puedes leer más información aquí sobre: La exposición del amianto.

¿De dónde salen los recursos para el fondo de compensación?

Principalmente, a través de parte de los Presupuestos Generales del estado, las sanciones a empresas por incumplimiento en obligaciones en material de seguridad y salud relacionadas con los servicios de desamiantado, así como cualquier otro método previsto en las leyes.

¿Cómo se solicita el fondo de compensación?

  1. Iniciar una solicitud para el fondo de compensación en representación de la persona perjudicada o fallecida por patologías del amianto, al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  2. En dicha solicitud, deberá ir adjunto los documentos que acrediten la enfermedad por certificados médicos, por el PIVISTEA, que demuestren la exposición al amianto. También puedes añadir los documentos relacionados con las acciones judiciales y extrajudiciales en curso.
  3. En caso de faltar algún tipo de documento, el Instituto Nacional de la Seguridad social solicitará la documentación faltante hasta en 30 días desde el momento de la recepción de la solicitud. El solicitante tiene hasta 6 meses para responderlo.
  4. Estando todo en orden, el Instituto Nacional de la Seguridad Social tendrá hasta 3 meses para dar una propuesta, estimando la cantidad a percibir. En caso de negación, la solicitud queda desestimada, si se acepta dicha propuesta, se emitirá una resolución con las condiciones presentadas.

Asesoramiento para el Fondo de Compensación

Si necesitas un asesoramiento o que te lleven toda la documentación y solicitud para reclamar el fondo de compensación, puedes contactar directamente con nuestro equipo de abogados de amianto. Rellenar el formulario y ellos se encargarán de ayudarte en todo lo que puedan.

Fuente: www.gestiondelamianto.com

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