18 Junio 2025
El Gobierno ha activado por fin este martes el fondo público con compensaciones para víctimas del amianto, una reclamación histórica de los trabajadores afectados por esta sustancia tóxica, tras más de dos años de retraso. Las indemnizaciones aprobadas por el Consejo de Ministros van de los 32.200 euros hasta un máximo de 96.600 euros, informa el Ministerio de la Seguridad Social, según las patologías derivadas de la exposición al amianto que darán derecho a esta compensación del Estado.
A falta de la letra pequeña del decreto, que regula todo el detalle de las personas que podrán recibir estas compensaciones y los requisitos para acceder a ellas, el departamento de Elma Saiz ha comunicado algunos aspectos básicos de la puesta en marcha del fondo público. “Reparamos los daños y perjuicios causados sobre miles de víctimas, que llevan mucho tiempo esperando esta respuesta, tras sufrir una exposición al amianto en el ámbito laboral, doméstico o ambiental. Es una cuestión de justicia para estos ciudadanos y sus familiares”, ha afirmado la ministra Saiz.
El decreto aprobado este martes es el reglamento necesario para poner en marcha el fondo público para víctimas del amianto, ya aprobado legalmente en 2022 por unanimidad de los partidos políticos. Uno de los primeros puntos más relevantes es su entrada en vigor, “a los tres meses de su publicación” en el Boletín Oficial del Estado, informa la Seguridad Social. Así, este parece ser el punto de partida para que las familias y los trabajadores afectados puedan realizar sus solicitudes.
“Las personas beneficiarias percibirán una compensación indemnizatoria a través de un pago único con cargo a este fondo”, indica el departamento de Elma Saiz. Para determinar la cuantía, uno de los puntos de fricción con la Federación de víctimas, sindicatos y los socios parlamentarios, la Seguridad Social aplicará “el baremo establecido en función de las patologías derivadas de la exposición al amianto”, apunta el Ministerio.
Este importe se ha fijado finalmente tomando en consideración la cuantía media por año de la pensión de incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedades profesionales, a fecha 31 de diciembre de 2024. El resultado es el siguiente (algo superior a las últimas indemnizaciones criticadas por los sindicatos y afectados):
“En el caso de que el afectado sufra varias patologías se aplicará el baremo que corresponda a la de mayor gravedad”, explica la Seguridad Social.
Los sindicatos y la Federación de Víctimas (FEDAVICA) han reclamado que estas ayudas queden exentas de la tributación de IRPF, que advierten que mermará la cantidad que reciban finalmente las personas beneficiarias, en contra de lo que sucede con otras ayudas, “como las indemnizaciones para las víctimas del terrorismo o las personas afectadas por el VIH”. El Ministerio no ha concretado nada en este sentido en su nota de prensa.
El decreto también regula quiénes tienen derecho a recibir estas compensaciones públicas. La Seguridad Social explica que se considera beneficiarios a:
– Quien haya obtenido el reconocimiento administrativo o judicial firme de una pensión de incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional ocasionada por el amianto;
– Quien tengan derecho de cobro a una indemnización, por sentencia judicial firme (siempre que no hubieran podido ejecutar la sentencia total o parcialmente);
– Quienes no estén incluidos en los apartados anteriores y padezcan una enfermedad de las recogidas en el anexo del decreto, “en virtud de determinadas circunstancias”.
– Las personas causahabientes de quienes tengan reconocida esta condición (ya que son los que reciben los derechos de otros).
Entre los requisitos para solicitar la compensación económica figura el que el daño ha de derivar de alguna de las patologías producidas por la exposición al amianto que se relacionan en el Anexo II del RD (mesotelioma, cáncer de pulmón o de laringe o asbestosis con repercusión funcional moderada o severa).
El procedimiento para pedir las compensaciones se inicia con una solicitud “a la Consejería de Salud u organismo análogo correspondiente de su Comunidad autónoma” del certificado del diagnóstico de patologías derivadas de la exposición al amianto.
Una vez que el organismo emita el certificado que acredite que existen las patologías previstas y que han sido causadas por la exposición al amianto, podrán presentar la solicitud de la compensación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), mediante la cumplimentación de un formulario que se habilitará en la sede electrónica, indica la Seguridad Social.
La resolución se emitirá “en el plazo de 6 meses desde el registro de la solicitud”, añade la Seguridad Social. Sin embargo, si en ese plazo no hay respuesta, “el silencio se entenderá negativo y, por lo tanto, no se reconocerá el importe de la compensación al solicitante”, precisan en el Ministerio.
Tras más de una década de lucha de víctimas y sindicatos, el fondo público – iniciativa elevada al Congreso por el Parlamento Vasco– afronta su recta final para ser una realidad. Todas las formaciones políticas reconocieron la “injusticia histórica” que se había cometido con las personas trabajadoras, sus familias y otras víctimas ambientales expuestas a esta sustancia cancerígena. Pese a ser conocida su peligrosidad desde hace décadas, en España no se prohibió su uso hasta 2001.
Fuente: www.eldiario.es
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